Tips sobre facturación electrónica
6 tipos de contribuyentes quedan exentos de contabilidad electrónica
El 7 de marzo pasado venció la última extensión del plazo para que todos los contribuyentes envíen su contabilidad al SAT, pero 6 tipos de contribuyentes han quedado exentos.
De acuerdo con lo dispuesto en las últimas misceláneas hay seis tipos de contribuyentes que quedaron relevados de enviar la contabilidad al SAT. Se trata de los siguientes:
- Aquellos registrados por honorarios con ingresos menores a 2 millones de pesos
- Arrendadores de casa habitación
- Contribuyentes que tributen en el RIF
- Personas físicas con actividades empresariales e ingresos menores a dos millones de pesos
- Asociaciones religiosas, asociaciones y sociedades civiles
- Fideicomisos autorizados para recibir donativos deducibles
Ahora, es importante que sepas que los primeros 5 contribuyentes descritos, únicamente podrán acceder al beneficio mencionado a través de la herramienta propia del SAT denominada “Mis cuentas”, de lo contrario, y si perteneces a alguno de estos grupos, ya debiste haber presentado tu contabilidad electrónica.
Es importante mencionar que los contribuyentes relevados de enviar su contabilidad al SAT, deberán llevar la misma en los medios electrónicos establecidos, con excepción del RIF, la cual deberán entregar a la autoridad cuando esta la solicite dentro del ejercicio de sus facultades de comprobación.
La contabilidad electrónica forma parte de un proceso para digitalizar los proceso fiscales que iniciaron con la facturación electrónica, timbrado de CFDI recibos de nómina y todo para cerrar el ciclo la apertura del buzón tributario como única herramienta de enlace entre la autoridad y los contribuyentes.
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