Comunicados del SAT
Préstamos y transferencias según el SAT
Si recibiste dinero por regalos o préstamos, informa al SAT en tu declaración anual para evitar discrepancias.
Si recibiste un depósito a alguna de tus cuentas bancarias como consecuencia de un regalo o préstamo solicitado a alguna persona o institución crediticia, es recomendable que lo declares al Servicio de Administración Tributaria (SAT), ya que la autoridad puede considerarlo como un ingreso y por ende cobrarte el Impuesto Sobre la Renta (ISR) sobre ese monto extraordinario.
Aunque se vuelve obligatorio que lo informes al fisco si recibes una cantidad superior a 600 mil pesos por préstamos, donativos, premios o herencias, por cada concepto referido o en su conjunto.
La exposición de estos ingresos tienes que hacerla en tu declaración anual, no a través de las mensuales o provisionales. En caso que no se rebase este monto, no está de más informarlo al fisco, pero en esencia no debería haber problema.
Es a través del análisis de la declaración anual que el SAT coteja que los gastos de las personas sean congruentes con sus ingresos, por ende si no declaras lo que recibiste por estos conceptos, la autoridad puede detectar que estas gastando más de lo que ganas, lo que se considera una discrepancia. El análisis de información puede complementarlo con información de las instituciones financieras.
De acuerdo con la ley del ISR, no existe un monto máximo o mínimo para que la persona sea objeto de este examen. Pero los casos que llaman más la atención de la autoridad son los que suman cientos de miles y hasta millones de pesos.
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